CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE LOCALIZACIÓN VEHICULAR Y SENSORIZACIÓN DE LA PLATAFORMA PULSAR
DECLARACIONES:
I. Declara el Cliente:
- Que cuenta con la capacidad legal, solvencia económica y financiera suficiente, para cumplir con las obligaciones que se originan a su cargo por la celebración del presente Contrato.
- Si es persona física, que está en plena posibilidad para ejercitar por sí mismo sus derechos y gozar de ellos.
- Si es persona moral, que está constituida de conformidad con las leyes mexicanas y a su representante le han sido otorgadas y puede ejercer las facultades para celebrar el presente contrato, las cuales están vigentes por no haber sido revocadas ni limitadas en forma alguna.
- Que celebra el contrato de prestación del Servicio de Localización Vehicular y Sensorización de la Plataforma PULSAR para fines lícitos y de su libre voluntad.
II. Declara NEBUSENS:
- Es una persona moral mexicana debidamente constituida como sociedad mercantil conforme a las leyes del país, según consta en la escritura pública número 13,668 trece mil seiscientos sesenta y ocho, de fecha 29 de noviembre de 2013, pasada ante la fe del Licenciado Adolfo Virgen Schulte, titular de la Notaría Pública número 12.
- Que actúa a través de su representante legal quien cuenta con las facultades para obligarla en los términos establecidos en el presente contrato, las cuales están vigentes por no haber sido revocadas ni limitadas en forma alguna.
- Estar inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave NEB131129-955.
III. Declaran ambas partes:
- Que sujetan su voluntad y obligaciones a los términos y condiciones que en el presente contrato se establecen, que lo celebran de manera libre, espontánea y voluntaria, sin que medie ningún vicio de la voluntad, tales como el error, el dolo, la mala fe, la violencia y la lesión.
- Como consecuencia de las declaraciones anteriores, las partes por su libre voluntad aceptan la celebración de este contrato, obligándose en los términos y condiciones señalados en las siguientes
CLÁUSULAS:
PRIMERA. GLOSARIO. Para efectos del presente contrato, las partes contratantes acuerdan que las siguientes palabras y términos tendrán el significado que a continuación se le da a cada una de ellas:
- “Servicio”: Servicio de Localización Vehicular y Sensorización de la Plataforma PULSAR.
- “Cliente”: Persona física o moral que contrate el Servicio a que se refiere este contrato.
- “Equipo”: Es el dispositivo electrónico de localización GPS o de sensorización, así como las cajas, cables y sus respectivos manuales y/o instructivos de funcionamiento y/o cualquier otro material que sea instalado por NEBUSENS o por cualquier persona autorizada por ésta, con el propósito de que el Cliente reciba el Servicio.
- “Evento”: Es el hecho que puede acontecer, susceptible de detección por el Equipo y/o Equipos Adicionales, como, por ejemplo, el envío de la ubicación del Equipo, el estado del Motor (encendido/apagado), niveles, entre otros.
- “Equipo Accesorio”: Son los elementos físicos, electrónicos o programas utilizados para la prestación del Servicio, que el Cliente recibe de NEBUSENS, distintos del Equipo.
- “Notificación”: Aviso o información que se muestra a través de la Plataforma PULSAR.
- “Ubicación del Equipo”: Vehículo o domicilio donde se instaló el Equipo y, en su caso, el Equipo Accesorio a solicitud del Cliente.
- “Plazo Forzoso”: Tiempo que el Cliente está obligado a cubrir las cuotas del Servicio establecidas por NEBUSENS, para cada Equipo.
- “Orden de Servicio”: Es el documento que contiene la información de los Equipos instalados, incluyendo la fecha de instalación, la cual será la que se tome en cuenta como fecha de inicio del Plazo Forzoso de cada Equipo. La Orden de Servicio es parte integrante de este contrato, por lo cual se tendrá por reproducida como si estuviera inserta textualmente en en el presente Contrato. Existe una Orden de Servicio para cada Equipo instalado y cada Orden de Servicio se podrá anexar posteriormente a este contrato según se vayan instalando nuevos Equipos.
- “Cobertura”: Área física que comprenden los lugares donde exista señal de telefonía celular, o infraestructura de red de NEBUSENS, para el Equipo y donde se pueda prestar el Servicio.
- “Personal Autorizado”: Son las personas autorizadas de manera fehaciente por NEBUSENS a través de un gafete con datos personales y uniforme con logotipo de NEBUSENS para realizar la instalación, pruebas, verificación y mantenimiento del Equipo y Equipo Accesorio, en su caso, que se utiliza para ofrecer el Servicio.
SEGUNDA. OBJETO. Es la prestación del Servicio de Localización Vehicular y Sensorización de la Plataforma PULSAR, que consistente en la recepción, análisis, clasificación, administración, trámite y/o atención en los servidores de NEBUSENS de todos aquellos Eventos detectados, registrados y transmitidos por el Equipo y/o Equipos Adicionales; estas notificaciones serán emitidas a través de la Plataforma PULSAR de NEBUSENS.
El Servicio no incluye el funcionamiento correcto y completo del Equipo y/o Equipo Accesorio. El Cliente deberá verificar y tener el cuidado del correcto funcionamiento del Equipo, pues esta acción y sus consecuencias serán responsabilidad total del Cliente.
Para que el Servicio se pueda prestar, el Equipo y Equipo Accesorio, en su caso, deberán estar conectados a la electricidad de la Ubicación del Equipo, misma que será bajo la responsabilidad y a cargo del Cliente. En caso de que no hubiera o se suspendiera el suministro de la electricidad, el Cliente es responsable de verificar y mantener la energía del Equipo y Equipo Accesorio en su caso.
El Servicio se prestará siempre y cuando el Equipo y Equipo Accesorio en su caso, sean instalados por NEBUSENS, los cuales podrán ser adquiridos a NEBUSENS por el Cliente en cualquier momento, sin necesidad de suscribir otro Contrato.
Con base en el objeto anterior, en este acto las partes celebran Contrato de Prestación de Servicio de Localización Vehicular y Sensorización de la Plataforma PULSAR, por virtud del cual NEBUSENS, en su carácter de prestador del Servicio, se obliga a prestar únicamente el Servicio señalado en el presente contrato, el cual es contratado por el Cliente y, a su vez, el Cliente se obliga a pagar a NEBUSENS el precio en los términos precisados en la cotización aprobada por el Cliente de conformidad con el presente Contrato.
TERCERA. COBERTURA. El Servicio es aplicable a los Estados o plazas de la República Mexicana que cuenten con cobertura para este Servicio. El Cliente entiende, reconoce y acepta que NEBUSENS podrá reducir o incrementar la contraprestación sin su consentimiento y/o autorización en función de las limitaciones geográficas y de la cobertura de red celular o de la infraestructura propia de NEBUSENS. El Cliente acepta que el Servicio sólo lo podrá recibir dentro de la zona de cobertura.
CUARTA. VIGENCIA Y PLAZO FORZOSO. El presente Contrato iniciará su vigencia a partir de la fecha de instalación del Equipo y su alta en la Plataforma PULSAR, o en su caso a partir de la fecha de renovación de la licencia de acceso a la Plataforma PULSAR. El uso de la Plataforma PULSAR y su acceso a través de cualquier medio electrónico supone la aceptación de este contrato por parte del Cliente.
El plazo forzoso para el Cliente será de 12 meses en la modalidad de venta, y de 18 meses en la modalidad de arrendamiento, atendiendo a lo siguiente:
- En la modalidad de venta, el Equipo será propiedad del Cliente.
- En la modalidad de arrendamiento, el Equipo se otorgará al Cliente en comodato, siendo el Equipo propiedad de NEBUSENS. El Equipo será devuelto por el Cliente en condiciones óptimas de funcionamiento a NEBUSENS al finalizar el Contrato. Si el Equipo presenta fallas debido a un mal uso o si no se devuelve a NEBUSENS, el Cliente deberá pagar una indemnización de $2,599.00 (DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.) más I.V.A. a NEBUSENS.
- Cada Equipo tendrá su propio Plazo Forzoso, que iniciará a partir de la fecha de instalación del Equipo según se refleje en su respectiva alta en la Plataforma PULSAR. Cada Orden de Servicio o alta en la Plataforma PULSAR que se genere posteriormente será parte integrante de este Contrato.
- Después de que concluya el plazo forzoso para cada Equipo de manera individual, y las partes continúen con el servicio, el presente Contrato se renovara tácitamente, siempre y cuando se pague el servicio por parte del Cliente para cada Equipo.
QUINTA. PRECIO Y FORMA DE PAGO. El Cliente comprende y está de acuerdo con lo siguiente:
- El Cliente se obliga a pagar a NEBUSENS por el Servicio, el precio y en la forma de pago especificados en la cotización enviada por NEBUSENS.
- NEBUSENS podrá incrementar el precio del Servicio sin que se requiera el consentimiento del Cliente, en tal caso el aumento se aplicara después de que concluya la vigencia del Plazo Forzoso. En caso de que el Cliente manifieste expresamente su oposición al referido incremento, ya no se concertará renovación del Contrato para la continuación del servicio.
SEXTA. FACTURACIÓN. Las partes acuerdan lo siguiente:
- NEBUSENS expedirá la factura por el servicio al momento de recibir el pago de mismo y los datos necesarios por parte del Cliente para emitir la factura correspondiente.
- El Cliente deberá realizar las aclaraciones que estime pertinentes a las facturas expedidas por NEBUSENS dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de su expedición.
SÉPTIMA. INICIO DEL SERVICIO DE LOCALIZACIÓN VEHICULAR.
-
El Cliente se obliga:
- Permitir el acceso al personal autorizado de NEBUSENS al lugar donde se instalará el Equipo o Equipo Accesorio.
- Permitir el acceso a la Ubicación del Equipo para realizar las pruebas necesarias y comprobar el buen funcionamiento del Equipo y Equipo Accesorio.
- Permitir el acceso al personal autorizado por NEBUSENS vía física, remota o electrónica al Equipo y Equipo Accesorio, para verificar el estado, funcionamiento y las condiciones de los mismos, así como para programarlos o reprogramarlos, en cualquier momento cuando así se requiera, con motivo de la prestación del Servicio.
- Las partes acuerdan que la instalación del Equipo y Equipo Accesorio, se realizará dentro de los 15 días hábiles contados a partir de que se haya realizado el pago del Servicio, siempre y cuando haya Equipos y en su caso Equipo Accesorio en existencia y a disposición de NEBUSENS para realizar al instalación, existan las condiciones de acceso y seguridad que no pongan en riesgo la integridad física del personal autorizado y que no haya algún impedimento físico o legal que imposibilite la instalación.
- Las partes acuerdan que, para el caso de que el Cliente solicite a NEBUSENS la reubicación, modificación en la instalación y/o reinstalación del Equipo y en su caso Equipo Accesorio se aplicarán cargos y se sujetarán a las condiciones establecidas por NEBUSENS respecto a dichas actividades, y que el Cliente conoció previo a la celebración del presente contrato; en todo caso, únicamente el personal autorizado por NEBUSENS estará facultado para realizar dichos cambio, el cual se llevará a cabo conforme el personal técnico de NEBUSENS lo determine.
OCTAVA. INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO.
- Las actividades de mantenimiento que se requieran serán cubiertas en su integridad por el Cliente, de acuerdo a la lista de precios vigente de NEBUSENS, en el entendido de que estos precios pueden cambiar en cualquier momento por determinación de NEBUSENS.
- Para recibir mantenimiento, el Cliente deberá notificar a NEBUSENS vía telefónica, por escrito, correo electrónico y/o acudiendo a las oficinas de NEBUSENS, que existe alguna irregularidad con el Equipo entregado y en su caso con el Equipo Accesorio. El personal autorizado por NEBUSENS en cada visita para realizar el mantenimiento, elaborará una Orden de Servicio en donde se asentará la causa o causas de la irregularidad que originó el reporte del Cliente.
- El mantenimiento se proporcionará únicamente de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 17:00 horas, los días sábado en un horario de 9:00 a 14:00 horas, con excepción de días festivos o inhábiles.
- El Cliente se obliga a proporcionar a NEBUSENS acceso a la Ubicación Equipo, al Equipo y en su caso Equipo Accesorio entregado en comodato por NEBUSENS, y a cualquier otro lugar que sea necesarios para realizar el mantenimiento, y si no depende directamente del Cliente otorgar tales accesos, este se obliga a gestionar los permisos necesarios.
- Las partes acuerdan que NEBUSENS no estará obligada a brindar mantenimiento en el caso de que su capacidad de cumplir con dicha actividad se vea afectada por caso fortuito y/o de fuerza mayor, o bien en aquellos casos en los que la integridad física y/o seguridad del personal de NEBUSENS pueda ponerse en riesgo y/o peligro en caso de realizarse el mantenimiento. Una vez superado el caso fortuito y/o fuerza mayor, o en su caso, se recupere y/o garantice la integridad física y/o seguridad del personal de NEBUSENS, se reprogramará el mantenimiento solicitado por el Cliente.
-
NEBUSENS no está, ni estará obligada a proporcionar mano de obra y, en su caso, no está, ni estará obligada a instalar, reparar, reinstalar, reubicar, reponer, reprogramar, elementos físicos o programas, que sean parte del Equipo o Equipo Accesorio entregado al Cliente en comodato o los que se entreguen en el futuro, en los siguientes casos:
- Por el uso inadecuado, negligente, doloso, de mala fe del equipo o equipo accesorio por parte del Cliente y/o personas que puedan afectar al Equipo;
- Pérdida o robo;
- Desastres naturales, tales como huracanes, maremotos, tsunamis, inundaciones, incendios, terremotos, tornados, tormentas eléctricas, rayos, etc.;
- Huelgas atribuibles al Cliente, guerra, invasión, ataques a la paz pública, sabotaje, rebelión, sedición, motín, conspiración, revuelta, terrorismo, etc.;
- Reparaciones, cambios, modificaciones, reubicaciones o reinstalaciones del equipo o equipo accesorio realizadas por personal no autorizado por NEBUSENS;
- Daño eléctrico por cualquier causa, incluyendo variación de voltaje y/o corrosión;
- No contar por parte del Cliente con las condiciones específicas requeridas para el correcto funcionamiento del Equipo o Equipo Accesorio en la Ubicación del Equipo;
- Daños ocasionados por flora y/o fauna;
- Cualquier otra causa distinta al uso normal del mismo;
- Desgaste natural por el transcurso del tiempo.
- Las partes acuerdan y el Cliente acepta que la obligación de NEBUSENS de prestar servicios técnicos de reparación y/o reemplazo, así como la disponibilidad de piezas o componentes originales, estarán sujetos a la vigencia del Contrato.
- En todos los casos, los costos de instalación, reparación, reinstalación, reubicación, reprogramación, de elementos físicos o programas, las partes, refacciones y componentes que se requieran para el Equipo o Equipo Accesorio ocasionados por alguna de los conceptos referenciados anteriormente, correrán a cargo y por cuenta del Cliente.
NOVENA. DEL EQUIPO. Las partes acuerdan y el Cliente acepta que el Equipo y Equipo Accesorio se regirán por las siguientes determinaciones:
- NEBUSENS, por conducto del personal autorizado, instalará el Equipo y en su caso Equipo Accesorio, respondiendo por deficiencias en dicha instalación.
- El Cliente deberá conservar el Equipo y Equipo Accesorio en el lugar donde se haya instalado por el personal autorizado. Cualquier reubicación, modificación, reinstalación o cambio de domicilio del Equipo y Equipo Accesorio en su caso, deberá ser realizado exclusivamente por el personal autorizado por NEBUSENS, y tendrá costo adicional de mano de obra de conformidad con la lista de precios definidos por NEBUSENS, siempre que el número Equipo y Equipo Accesorio y las condiciones de la ubicación sean iguales a los señalados al momento de la firma del presente Contrato. En caso de necesitar o instalar más Equipo Accesorio y/o material adicional, el costo será cubierto por el Cliente.
- El Cliente se obliga a seguir y cumplir los procedimientos e instrucciones determinados por NEBUSENS para la operación del Equipo y Equipo Accesorio, explicados por el personal autorizado de NEBUSENS durante la instalación del Equipo.
- El Cliente se obliga a reportar a NEBUSENS cualquier irregularidad o falla del Equipo, Equipo Accesorio y/o del Servicio.
- El Cliente se obliga a no interrumpir, ni interferir con el funcionamiento del Equipo y/o Equipos Accesorio, ni a dañarlo de manera alguna, ni a permitir que personas no autorizadas por NEBUSENS lo reubiquen, maniobren, reinstalen, modifiquen, reparen, den mantenimiento o cualquier otra acción relacionada, durante la vigencia del presente Contrato.
- Durante la vigencia del presente Contrato, está prohibido que el Cliente ceda, enajene, disponga, venda, rente y/o conceda el uso y/o goce del Equipo y en su caso Equipo Accesorio, sin previa autorización por escrito de NEBUSENS.
- Si el Equipo y en su caso el Equipo Accesorio se estropean cualquier motivo no imputable a NEBUSENS y esto llegara a generar algún gasto, infracción, multa, sanción económica, pena y/o cualquier responsabilidad administrativa y/o judicial, ésta será única y exclusivamente a cargo del Cliente, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, sanciones por falsas alarmas o reclamaciones, demandas o denuncias de terceros tanto de dependencias gubernamentales como de particulares. En este caso el Cliente se obliga a liberar y dejar a salvo a NEBUSENS de cualquier responsabilidad con relación a lo anterior, así como, a indemnizarla por los cargos, gastos y costas que se hubiesen generado para la correspondiente defensa.
- El Cliente adquiere de NEBUSENS el Equipo, ya sea en modalidad de venta o de comodato, y en su caso aquiere el Equipo Accesorio, y se obliga a pagar a NEBUSENS el precio Servicio y en su caso Equipo Accesorio al momento de la instalación; por lo que la propiedad, permamente o temporal, y riesgo del mismo serán transferidos al Cliente al momento de su instalación en la Ubicación del Equipo.
DÉCIMA. GARANTÍA. El Cliente conoce y acepta que el Equipo tienen una garantía de 12 meses, excepto baterías que tienen garantía de 6 meses. Toda garantía es por defectos de fabricación la cual se tendrá que hacer valer directamente con el proveedor. La garantía de los Equipos no es aplicable por mal uso del Equipo y Equipo Accesorio, vandalismo, daños ocasionados por siniestros naturales o deterioro natural por el transcurso del tiempo, así como por violar los sellos de seguridad.
DÉCIMA PRIMERA. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE NEBUSENS. Las partes acuerdan lo siguiente:
- NEBUSENS en ningún caso responderá frente al Cliente y/o a terceros por actos y/o hechos ilícitos, delitos y/o faltas cometidos en la Ubicación del Equipo.
- NEBUSENS en ningún caso responderá frente al Cliente y/o terceros por lesión, muerte, robo, hurto, asalto, intrusión, despojo y/o allanamiento de morada, ni por ilícito alguno cometido en contra del Cliente y/o de cualquier persona que se encuentre en la Ubicación del Equipo.
- El Cliente se compromete y se obliga a liberar y dejar a salvo a NEBUSENS de cualquier demanda, denuncia, acusación, querella, acción, reclamación y/o controversia que entable cualquier tercero en contra de NEBUSENS, con motivo de cualquier situación relacionada con el presente Contrato.
- NEBUSENS no es una compañía de telecomunicaciones, y para la prestación del Servicio utiliza los servicios de comunicación y transmisión de datos prestados por terceros ajenos a NEBUSENS, por lo que la correcta transmisión de las señales, así como las notificaciones, no podrá considerarse responsabilidad de NEBUSENS, pues dicha transmisión puede verse alterada por circunstancias como capacidad, compatibilidad, disponibilidad y/o funcionamiento de la prestación de los servicios de dichos terceros, entre otras. Por lo tanto no podrá imputarse responsabilidad alguna a NEBUSENS por la falta de prestación del servicio. Para el caso de que la falta o inadecuada comunicación se deba a causas imputables al Cliente, éste deberá efectuar y, en su caso, pagar el monto de las acciones necesarias para regularizar el servicio.
-
NEBUSENS no será responsable por la interrupción, suspensión, inhabilitación y/o corte del Servicio debido a:
- Caso fortuito o fuerza mayor;
- Guerra, invasión, terrorismo, rebelión, sedición, motín, conspiración, revuelta, terremotos, sismos, tormentas eléctricas, rayos, huracanes, tornados, maremotos, tsunamis, inundaciones, etc.;
- Fallas de energía eléctrica, interrupción o falta de disponibilidad del servicio telefónico, Internet y/o de la frecuencia celular por parte de las compañías proveedoras de dichos servicios;
- Fallas, daños y/o pérdidas del equipo y equipo accesorio, colectores, colector central provocadas por la filtración de líquidos, moho, hongos, bacterias, humedad, putrefacción, animales y cualquier cuestión ajena a NEBUSENS que elimine o disminuya el Servicio.
- Cualquier circunstancia natural y/o artificial que afecte la comunicación del Equipo y/o Equipo Accesorio;
- Cualquier otro acontecimiento análogo y/o semejante a los anteriores.
- NEBUSENS no es responsable si las notificaciones del Servicio no se envían al Cliente, a través de la Plataforma PULSAR, por fallas en la red celular o en la infraestructura de NEBUSENS y/o no es recibida por el Cliente.
- Las partes acuerdan que la responsabilidad de NEBUSENS por cualquier causa derivada del presente Contrato en ningún supuesto excederá de $2,000.00 pesos (DOS MIL PESOS 00/100 M.N.).
DÉCIMA SEGUNDA. CASO FORTUITO Y/O FUERZA MAYOR. Las partes acuerdan que, en caso de que NEBUSENS se encuentre imposibilitada para prestar el Servicio por caso fortuito y/o fuerza mayor, NEBUSENS no será responsable por la interrupción y/o suspensión del Servicio, quedando facultada para dar por terminado anticipadamente el Contrato, mediante notificación por escrito con efectos inmediatos, sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad y/o penalización. En este caso, el Cliente tendrá derecho al reembolso de la parte proporcional del pago realizado por el Servicio que no se haya recibido, considerando en el reembolso el costo del Equipo y Equipo Accesorio, en su caso.
DÉCIMA TERCERA. PROPIEDAD INTELECTUAL. El Cliente acepta que la suscripción del presente Contrato le permite recibir el Servicio, sin que ello implique la transmisión de derecho, autorización y/o licencia sobre nombres comerciales y/o avisos comerciales, marcas, patentes, modelos de utilidad y/o diseños industriales, y/o cualquier derecho de autor propiedad de NEBUSENS o que estén relacionado con ellas, los cuales son propiedad, titularidad y/o se encuentran licenciados a favor de NEBUSENS.
DÉCIMA CUARTA. CESIÓN. Las partes acuerdan y el Cliente acepta que no podrá ceder y/o transmitir los derechos, obligaciones y/o los efectos de este Contrato, sin el previo consentimiento expreso y por escrito de NEBUSENS. Cualquier cesión o transmisión que el Cliente realice en contravención a lo anteriormente estipulado, será nula de pleno derecho, por lo que NEBUSENS no reconocerá ni tendrá relación alguna con la persona que se ostente como cesionario, beneficiario y/o causahabiente de los derechos, obligaciones y/o efectos de este Contrato que correspondan al Cliente. Las partes acuerdan y el Cliente entiende, reconoce y acepta que para la prestación de los servicios materia de este Contrato, NEBUSENS podrá ceder y/o transmitir los derechos, obligaciones y/o efectos de este Contrato a cualquier persona física o moral, sin necesidad de requerir la autorización y/o consentimiento del Cliente, mediante el aviso correspondiente.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que podrán dar por terminado el Contrato, conforme a lo siguiente:
- Cualquiera de las partes podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato sin causa alguna, mediante notificación escrita, con por lo menos treinta días naturales de anticipación, sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad alguna, en el entendido de que la presente terminación por parte del Cliente no lo exime del cumplimiento de sus obligaciones pendientes de pago frente a NEBUSENS y no tendrá derecho a que se reembolse cantidad alguna de los pagos realizado por el Servicio.
- La terminación anticipada por parte del Cliente está sujeta al Plazo Forzoso y dará lugar al pago de una indemnización de $2,599.00 (DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.) más I.V.A. a NEBUSENS, independientemente del tiempo restante del Plazo Forzoso.
- En caso de que la terminación se solicite por parte de NEBUSENS, el Cliente tendrá derecho al reembolso de la parte proporcional del tiempo de servicio que falte por cumplirse.
- En caso de pérdida o daño grave total o parcial de los dispositivos que conforman la red de NEBUSENS y/o del Equipo instalado en la Ubicación del Equipo que ocasione la imposibilidad de continuar con el Servicio, las partes podrán dar por terminado anticipadamente el Contrato, mediante notificación escrita con efectos inmediatos a la fecha de notificación, sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad alguna.
-
Las partes acuerdan que NEBUSENS podrá rescindir el Contrato de pleno derecho, inmediatamente de manera anticipada el Contrato, sin que medie declaración judicial, sin derecho a reembolso alguno por parte del Cliente, por cualquiera de las siguientes razones o causas:
- Que la instalación del Equipo y Equipo Accesorio se haya llevado a cabo por personal distinto al autorizado por NEBUSENS.
- El Cliente realice la corrección, reinstalación y/o cambio de domicilio del Equipo y Equipo Accesorio en su caso sin autorización de NEBUSENS.
- El Cliente no conserve, use y en su caso opere el Equipo y Equipo Accesorio, con toda diligencia de forma adecuada y/o no realice los procedimientos adecuados para la operación y funcionamiento del Equipo.
- Que el Equipo y Equipo Accesorio se utilicen para fines distintos a los establecidos en este contrato.
- Se niegue, obstaculice o impida de cualquier manera el acceso al personal autorizado a la Ubicación del Equipo, carezca de los permisos o autorizaciones necesarias para ello, con el objeto de instalar el Equipo y Equipo Accesorio, así como para realizar el mantenimiento o pruebas del Servicio.
- El Cliente ceda, transfiera, enajene, venda, rente y/o conceda de cualquier forma el uso y/o goce del Equipo y Equipo Accesorio, durante la vigencia del Contrato sin autorización previa de NEBUSENS.
- El Cliente ceda, transfiera, enajene, disponga, venda, rente y/o conceda de cualquier forma los derechos y obligaciones que ampara el presente Contrato.
- El Cliente omita o niegue cubrir a NEBUSENS y/o a liberarlo y dejarlo a salvo de cualquier gasto, costo, infracción, multa, sanción, pena y/o cualquier responsabilidad administrativa y/o judicial, derivado de sanciones, reclamaciones, demandas, denuncias y/o requerimientos tanto de terceros como de dependencias gubernamentales o instituciones privadas, con motivo de fallos en el Servicio.
- El Cliente interrumpa y/o interfiera la operación y/o funcionamiento del Equipo y Equipo Accesorio, lo dañe de cualquier manera o permita que personas ajenas y/o no autorizadas NEBUSENS lo manipulen, modifiquen y/o reparen.
- El Cliente omita reportar NEBUSENS cualquier irregularidad, fallas en el equipo o equipo accesorio.
- El Cliente incumpla con cualquiera de sus obligaciones derivadas de este Contrato.
DÉCIMA SEXTA. CONTROVERSIAS. Las partes acuerdan que en caso de cualquier controversia derivada del presente Contrato, podrán agotar la vía administrativa establecida en la Ley Federal de Protección al Consumidor. En caso de no llegar a algún acuerdo en el procedimiento antes señalado, las partes se someten expresamente que todas las controversias que se deriven de este Contrato y sus anexos (Ordenes de Servicio), incluyendo su interpretación, cumplimiento, resolución o nulidad, se someterán a las leyes y competencia de los Tribunales de la ciudad de Colima, Colima, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa pudiera corresponderles.
Las partes manifiestan que conocen el contenido y alcance del presente Contrato constituye la manifestación libre y espontánea de su voluntad, la cual no ha sido arrancada por dolo, lesión, mala fe, violencia, error y/o cualquier otra causa que pudiera viciar o anular su consentimiento, por lo que enteradas del contenido y fuerza legal del presente Contrato lo aceptan sin condiciones al momento de acceder por cualquier medio electrónico a la Plataforma PULSAR.
NEBUSENS S. DE R.L. DE C.V.
RFC: NEB131129-955
Pablo Neruda 71, Col. Lomas Vista Hermosa, 28016 Colima, Colima, Mexico.
Tel: (+52) 312 323 7474